El Gobierno restableció por este mes “de manera extraordinaria y transitoria” el Programa de Incremento Exportador -PIE- (conocido como dólar soja), con la particularidad de que, en lugar de determinar un tipo de cambio diferencial, el estímulo estará en que los exportadores tendrán libre disponibilidad sobre el 25% de las divisas que liquiden.
A través del Decreto 443/2023 publicado en el Boletín Oficial, se restableció el denominado dólar soja creado por el Decreto 576 del 4 de setiembre del año pasado.
En su quinta edición, el PIE será para “aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este decreto”.
Para el caso de los sujetos que efectúen operaciones de exportación de mercaderías que requieran de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) “se consideran incluidas, en el marco de lo dispuesto en esta medida, aquellas previas o posteriores a la fecha de entrada en vigencia de este decreto, aun sin estar perfeccionadas, así como la compraventa con precio en pesos a fijar”.
El decreto precisó que “el 75% del contravalor de la exportación de las mercaderías, incluidos los supuestos de prefinanciación o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación, que sean objeto de adhesión al Programa, deberá ingresarse al país en divisas y negociarse a través del Mercado Libre de Cambios (MLC), en tanto que el 25% restante será de libre disponibilidad”.
También indicó que “los sujetos que adhieran al presente Programa, y que les resulte aplicable, deberán liquidar las divisas que ingresen a través del Mercado Libre de Cambios (MLC), en los términos y condiciones que establezca la normativa complementaria, no pudiendo superar dicho plazo el 30 de setiembre” próximo.