A través del Decreto 408 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó el nuevo esquema de exportación de carne vacuna que establece cupos, la prohibición de embarcar determinados cortes y la conformación de una Mesa de Coordinación de la actividad. La norma entra en vigencia desde el día de hoy.

El Artículo 1° determina la suspensión “hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive” de la exportación de asados con o sin hueso; falda; matambre; tapa de asado; cuadrada; paleta; vacío; reses enteras; medias reses; cuarto delantero con hueso, incluso incompleto; cuarto trasero con hueso, incluso incompleto; y medias reses incompletas con hueso.

En tanto, el Artículo 2° establece que el resto de los cortes “podrán exportarse hasta alcanzar un cupo mensual que no podrá superar el cincuenta por ciento (50 %) del promedio mensual del total, incluidas las mercaderías que surgen del artículo 1°, de las toneladas exportadas de productos cárnicos por el período julio/diciembre del año 2020″.

Esta restricción será hasta “el 31 de agosto de 2021” aunque ese límite puede ser prorrogado hasta el 31 de diciembre “mediante resolución conjunta” de los ministerios de Agricultura y de Desarrollo Productivo. Para tomar esa medida, tendrán en consideración “las variaciones en los precios, la producción nacional y/o el abastecimiento del mercado interno”, indica el Decreto.

El Artículo 5° afirma excluye del cupo del 50% a “las exportaciones que sean efectuadas dentro de los contingentes arancelarios otorgados por terceros países a la República Argentina”. En ese grupo se encuentran la Cuota Hilton y la Cuota de EE.UU., entre otras.

Fuente: A24.com AGRO

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