El Gobierno nacional dispuso un nuevo control para la producción. Dos resoluciones conjuntas de la AFIP y el Ministerio de Agricultura fijan nuevas obligaciones a los productores de trigo.

Con el objetivo de mejorar la información disponible en las bases de datos y optimizar los procesos de fiscalización, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca establecieron que los productores de trigo deberán informar dos veces al año el volumen de la producción de granos obtenida durante cada campaña.

Las modificaciones establecen asimismo que los productores reporten anualmente sus existencias de trigo a fines de febrero. Las adecuaciones introducidas al Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), la base de datos donde se declaran distintos datos sobre la actividad, fortalecen la capacidad estatal para desarticular maniobras de evasión y benefician a aquellos actores que cumplen con sus obligaciones.

Como parte de la estrategia conjunta para optimizar las herramientas de fiscalización , la AFIP y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca definieron que los distribuidores y mayoristas del sector harinero deberán utilizar de forma obligatoria el Remito Electrónico Harinero (REH) cuando envíen mercadería a las panaderías. La extensión del uso del documento digital, que ampara el traslado de harinas y/o subproductos derivados de la molienda de trigo, amplía la trazabilidad en la cadena de comercialización.

La resolución conjunta establece dos fechas anuales, en la finalización de la cosecha gruesa y en la de la fina, para que los productores declaren la producción obtenida en cada uno de esos períodos. La norma que estaba vigente preveía que los productores agrarios informen una vez al año su stock de granos.

productores de trigo

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